Paraguay

Instituciones competentes en RAC

Poder Judicial

Mediación

El Poder Judicial de la República del Paraguay ha instalado la Oficina de Mediación dependiente la Corte Suprema de Justicia, a la cual se derivan los casos de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Laboral, Niñez  y Adolescencia, Penal; de Justicia Letrada y Juzgados de Paz, además atienden casos extrajudiciales por requerimientos de los particulares.

Tipo de norma y año

La Mediación se encuentra regulada en la Ley N° 1879/2002 “De Arbitraje y Mediación, en concordancia la Corte Suprema de Justicia ha regulado por la Acordada N° 198/2000. Asimismo es importante mencionar los códigos de procedimientos que da la alternativa a las partes a recurrir a la mediación como medio alternativo de solución de conflictos.
La Mediación en la República del Paraguay es de carácter voluntario, no es obligatorio recurrir a los MASC antes de iniciar alguna acción judicial.

 

Tipos de mediación

En la República del Paraguay encontramos la Mediación en organismos dependientes del Estado y en Organismos no Gubernamentales (ONGs) para citar e individualizar algunos tales como:

  • Ministerio de Justicia y trabajo (M.J.T.) – Mediación Laboral
  • Ministerio de Industria y Comercio (M.I.C.) – Mediación Comercial
  • Consejería de los Derechos de la Niñez (CODENI) – Mediación en Niñez y Adolescencia.
  • Centro de Arbitraje y Mediación – Arbitraje y Mediación Civil y Comercial
  • Colegio de Escribanos del Paraguay
  • Universidades

Mediación en el ámbito penal

El Proceso penal en la República del Paraguay el titular de la acción penal pública es el Ministerio Público, en donde la conciliación pude ser solicitada por la parte (imputado) o a propuesta del Ministerio Público. En cambio los procesos de acción penal privada una vez presentada la querella el Código procesal penal dispone que el juzgado competente fije una audiencia de conciliación antes de elevar el proceso a juicio oral y público.

La Corte Suprema de Justicia, ha implementado la mediación a través de las siguientes acordadas: Acordada Nº 198/20000 que implementa el servicio de Mediación para casos judiciales, Acordada Nº 361/2005 que amplía el servicio de Mediación a las distintas Circunscripciones del país y a los casos extrajudiciales, Acordada Nº 369/05 que amplía el servicio de Mediación para los Juzgados de Paz y Justicia Letrada, Acordada Nº 428/06 que implementa el servicio de mediación para los casos penales de acción penal privada a los juzgados de Sentencia de la capital, y Acordada N° 706/2011 que establece los requisitos para el nombramiento y registro de mediadores.

Organismo de control de gestión

En los hechos punibles de acción penal pública dentro del marco penal de hechos punibles contra el patrimonio, el contralor es el Juez Penal de Garantía quien deriva a la oficina de mediación salvo los que se realizan en la audiencia preliminar como lo establece el Código Procesal Penal, por el contrario en los procesos de acción penal privada el contralor es el Juez de Sentencia.

Organismo a cargo del Registro

La Oficina de Mediación lleva la estadística de las mediaciones que se realiza a solicitud de los particulares o por derivación del órgano jurisdiccional.
En cambio en la Mediación Extrajudicial cada organismo tiene su propio registro estadístico.


Arbitraje

Jurisdicción.

El arbitraje no es desarrollado por las instituciones del Estado, pero si por los particulares tales como el Centro de Arbitraje y Mediación (ONG).

 

Tipo de norma y año

Ley N° 1879/2002, regula el Arbitraje y la Mediación; El carácter del Arbitraje es voluntario donde las partes se someten libremente a un arbitraje, ante esta situación el árbitro dirime el conflicto, no obstante el laudo arbitral puede ser exigido su cumplimiento ante la autoridad jurisdiccional.

 

Forma y oportunidad de acceso

Las personas establecen en los contratos clausulas MASC, donde establecen someterse a Mediación o Arbitraje extrajudicial.

 

Modalidad.

El arbitraje de derecho es realizado por los tribunales arbitrales particulares.

Conciliación

Jurisdicción

En el sistema jurídico de la República del Paraguay existen disposiciones que establecen la conciliación judicial y extrajudicial, por lo que el Juez competente puede convocar a audiencia de conciliación como lo establece la norma o voluntariamente las personas pueden solicitar la conciliación extrajudicial ante los diferentes órganos del Estado, en su defecto ante ONGs u otras instituciones capacitadas para tal efecto.

Tipo de norma y año

Código Procesal Penal Ley - N° 1286/1988
Código Procesal del Trabajo - Ley N° 741/1971
Código Procesal Civil - Ley N° 1337/1988
Código de la Niñez y Adolescencia - Ley N° 1680/2001

Forma y oportunidad de acceso

La conciliación puede ser utilizada en forma extrajudicial o en instancia jurisdiccional a requerimiento de parte de conformidad a las leyes procesales.

Carácter 

El carácter de la conciliación es voluntario; y se aplica en las siguientes materias: Civil y Comercial, Laboral, Niñez  y Adolescencia, Penal.

Otros MASC

Transacción, el Código Procesal Civil Ley 1337/1988 en donde  reconoce la transacción como método alternativo de solución de conflictos, el acuerdo arribado en la transacción es homologado ante sede jurisdiccional competente.