Escrito por, Mayling Luna Lara.
amluna@poderjudial.gob.ni
La Universidad Centroamericana en coordinación con la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos, realizaron este 26 de Septiembre el Primer panel: “La mediación y sus efectos en el proceso judicial: experiencia y perspectivas de la Mediación de cara al Código Procesal Civil”, en el cual participó como oradora principal, la Doctora María Amanda Castellón Tiffer, Directora General de dicha institución del Poder Judicial.
Durante su exposición sobre el tema “Experiencia y perspectiva de la mediación de cara a la Ley 902, la doctora María Amanda Castellón Tiffer, recordó sobre el proceso de actualización y modernización del Poder Judicial de Nicaragua que dio paso a la implementación del proyecto de la implementación de los métodos de resolución alterno de conflictos.
“El poder judicial asumió las nuevas tendencias del derecho sentando las bases para un nuevo modelo procesal y para un nuevo modelo de justicia en el que el proceso judicial y los métodos RAC son opciones que conducen a la solución de la controversia planteada”, aseveró la doctora Castellón Tiffer durante su intervención durante el Primer panel: “La mediación y sus efectos en el proceso judicial: experiencia y perspectivas de la Mediación de cara al Código Procesal Civil”, desarrollado en el auditorio Javier Gorostiaga de la UCA la mañana de este martes 26 de septiembre 2017.
Al panel asistieron autoridades académicas de la UCA, estudiantes de Derecho de esa casa superior de estudios, conferencistas nacionales y extranjeros, funcionarios de la Corte Suprema de Justicia.
La doctora Castellón Tiffer resalta que el sistema jurídico nacional en abril del presente año pasa de una mediación dirigida por la autoridad judicial, a una mediación previa y durante el proceso judicial coordinada por un mediador de la DIRAC o bien por un Centro privado de Mediación debidamente autorizado por la autoridad rectora.
Destaca la doctora Castellón Tiffer que la “reforma procesal incorpora la oralidad, y los mecanismos como la mediación y la conciliación, método que ya se implementaba en los procesos de familia y materia laboral así como en el ámbito administrativo”.
Una forma de reconocer el potencial para solucionar las controversias mediante la mediación, es que el poder judicial decide “incorporar los métodos alternos de solución de conflictos en todas las reformas procesales”, afirma la doctora Castellón Tiffer.
Dichos métodos tienen finalidad de reducir la retardación de justicia y descongestionar los despachos judiciales. A partir de la implementación de la reforma procesal, la mora judicial empieza su descenso, resalta la doctora Castellón Tiffer.
La mediación civil se implementa a través de la Ley 902, Código Procesal Civil a través de la mediación previa y durante el proceso donde el mediador es quien la dirige, contrario a lo que establece la Ley orgánica del pode judicial que señala que la autoridad mediadora es la autoridad judicial.
Con esta implementación de la mediación civil se logra difundir la mediación tanto para su aplicación como para su estudio, obligando a los profesionales del derecho a capacitarse, detalla la doctora Castellón Tiffer. Desde abril a la fecha se han ejecutado 13 cursos básicos de mediación con un grupo máximo de 40 profesionales del derecho. Además la implementación de la mediación civil ha promovido la constitución de nuevos centros de mediación.
Afirma la doctora Castellón Tiffer que antes de la vigencia de la Ley 902 tenían solo 12 centros de mediación activos, y posterior a la implementación de la ley se han acreditado 33 centros más, de los cuales 35 son centros de mediación y 8 centros de arbitraje.
La DIRAC recibió de los juzgados de distrito civiles, la cantidad de 12 mil 569 convocatorias de casos que derivaron, realizaron 2 mil 12 mediaciones con un mil 202 acuerdos lo que significó un gran impacto en la administración de justicia.
Al finalizar la doctora Castellón Tiffer exhortó a las facultades de Derecho a tomar muy en cuenta la capacitación sobre la mediación, como la alternativa para hacer una justicia capaz de transformar conductas confrontativas
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